Xalapa, Ver., 20 de marzo de 2025.- La presidenta de la Mesa Directiva, diputada Tanya Carola Viveros Cházaro, entregó al Organismo Público Local Electoral de Veracruz (OPLE) los listados y expedientes de las personas que participarán en el proceso electoral extraordinario 2024-2025 para elegir a integrantes del Poder Judicial de la entidad, en cumplimiento del numeral 10 del Artículo Segundo Transitorio del Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Electoral del Estado de Veracruz.
En los listados y expedientes entregados se encuentran integradas las propuestas de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial para participar en dicho proceso, por lo que, con este acto, esta Soberanía cumple en tiempo y forma con lo establecido.
Ante la consejera presidenta del OPLE, Marisol Alicia Delgadillo Morales, la legisladora señaló que “Veracruz está siendo punta de lanza en nuestro país con este proceso”, reafirmó el compromiso del Congreso del Estado de acompañarlo y expresó su confianza en el actuar de las autoridades electorales para que se desarrolle en orden y apego a la normativa para beneficio de las y los veracruzanos.
Además del listado de las personas postuladas por los tres poderes para participar, también se adjuntaron los expedientes, de manera digital, de las personas postuladas para ocupar los cargos a elegir en el Tribunal Superior de Justicia en las materias: Penal, Familiar, Civil y Constitucional, por género; Tribunal de Disciplina Judicial, descritos por género; Tribunal de Conciliación y Arbitraje y Juzgados de Primera Instancia, por materia Penal, Civil, Familiar, Laboral y Mixtos.
De acuerdo con lo establecido en el Artículo 433 del Código Electoral, el Congreso local es el designado para integrar los listados y expedientes de las personas postuladas y aprobadas por los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, respectivamente, según los términos establecidos en el Artículo 432 del mismo ordenamiento, remitidos a esta Soberanía el pasado 14 de marzo.
En dichos listados, continúa el decreto, deberá integrarse “a las personas juzgadoras que estén en funciones en los cargos a elegir, exceptuando a aquellas que hayan manifestado ante el órgano legislativo la declinación de su candidatura dentro de los treinta días posteriores a la publicación de la convocatoria general, y a quienes hayan sido postuladas para un cargo diverso al que ocupen”, a efecto de que éstas no sean incorporadas en los listados de las candidaturas que deberán ser entregadas al OPLE.
En caso de fallecimiento, incapacidad, inhabilitación o declinación de alguna de las personas postuladas, el Artículo 434 del mismo Código define que el Poder postulante “podrá solicitar al Congreso del Estado su sustitución, para que este informe al Organismo Público Local Electoral de Veracruz, antes del inicio de la impresión de las boletas electorales, observando el procedimiento de insaculación pública sobre el listado de las personas finalistas que no fueron seleccionadas para la candidatura del cargo que se trate”.

